BASES LEGALES - PROMOCIÓN SANTA CLARA

Grupo Upper, S.C. (en adelante Spar Sureste) provista del N.I.F. F-30612907, con domicilio social en Av. Luxemburgo, Parcela 1-6, CP 30353 (Cartagena), organiza una promoción a través de su folleto mensual.

TERRITORIO Y DURACIÓN
La participación en la promoción de «santa clara 2023» será válida en España. El periodo de participación se inicia en junio y termina en septiembre de 2023.

PARTICIPANTES
Podrán participar en esta promoción todas aquellas personas mayores de edad que residan en algún punto del territorio nacional de España y tengan nuestra Tarjeta Amig@.

MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN
Los clientes tendrán desde junio de 2023 para participar en la promoción. Por la compra de cualquier producto de Santa Clara* y pasando tu Tarjeta Amig@, conseguirás -50% sobre el pvp marcado.

Esta promoción estará vigente hasta septiembre.  

Facebook, Instagram y Twitter no patrocinan, avalan ni administran de modo alguno, ninguna de nuestras promociones, ni están asociados a ninguna de ellas.

*Productos que forman parte de la promoción: Sartén 16 cm, sartén 20 cm, sartén 24 cm, sartén 28 cm, sartén grill 28×28 cm, picadora manual, mandolina 4 cortes, set 3 cuchillos chuleteros franceses, recipiente hermético redondo 0,85 litros, recipiente hermético redondo 1,65 litros, recipiente hermético rectangular 0,5 litros, recipiente hermético rectangular 1,5 litros, recipiente hermético rectangular 3 litros.

DIFUSIÓN DE LA PROMOCIÓN
La promoción se dará a conocer a los consumidores a través de nuestro folleto mensual, página web www.sparsureste.es y los perfiles públicos de Facebook, Instagram y Twitter de Spar Sureste.

CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN DE UN PARTICIPANTE DE LA PROMOCIÓN
El presente sorteo pretende que la competición entre los distintos participantes se haga con igualdad de oportunidades y con estricto respeto a las normas de la buena fe. Por ese motivo, SPAR SURESTE excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz, inadecuada, falaz o impropia, emplee medios desproporcionados, fraudulentos o abusivos, o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.
En cualquier caso, con carácter enunciativo pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante de la promoción en los siguientes casos:
1. Empleo de vías, sistemas o dispositivos para alterar el sistema de votaciones, como la compra de votos, o la introducción automatizada de datos o códigos. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos o códigos necesarios para participar en la promoción, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
2. Introducción de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un participante ha introducido datos personales inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en el sorteo, y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
3. De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo de la promoción, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a SPAR SURESTE a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes.
SPAR SURESTE se reserva el derecho de eliminar a cualquier participante que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario del presente sorteo.

ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La participación en la promoción implica por sí misma la aceptación de las presentes bases. El reconocimiento como participante válido, queda sujeto al cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases.